Al Calor Deportivo

Directivo de los Diablos Rojos es suspendido un año; el equipo se salva de ser eliminado

El escándalo en el que se han envuelto los Diablos Rojos del México, durante la Serie de Campeonato de la Zona Sur, no les costará la eliminación, pero sí la suspensión de un año a Miguel Ojeda, director deportivo de la franquicia.

La Liga Mexicana de Beisbol emprendió una investigación para determinar si el México manipuló las tomas de televisión durante los primeros dos juegos de la serie ante los Leones de Yucatán, para robar las señales al equipo sureño.

Tras la investigación, la LMB determinó que «sí existió una manipulación en las tomas de la transmisión de televisión por parte del productor del juego asignado por el club Diablos Rojos del México en el Juego 1 y una parte del Juego 2 de la Serie de Campeonato de la Zona Sur».

A través de un comunicado, la Liga agregó que «cabe mencionar que, como parte de la investigación, la Liga Mexicana de Beisbol, revisó transmisiones de juegos de temporada regular y postemporada del club Diablos Rojos como equipo local y no se encontró ese patrón de inequidad hallado en los dos primeros juegos de la Serie de Campeonato de la Zona Sur«. «Se concluye que fue un hecho aislado en estos dos enfrentamientos».

 Es por eso que los Diablos Rojos se salvaron de quedar eliminados, aunque «el señor Miguel Arturo Ojeda Siqueiros, Director Deportivo del club Diablos Rojos del México, se hace acreedor a una sanción consistente en la suspensión temporal de 1 (un) año calendario, con efectos inmediatos, por lo cual queda imposibilitado de participar en cualquier actividad organizada por la LMB. En caso de reincidencia en los hechos imputados, la LMB estará facultada para suspenderlo de manera indeterminada de cualquier actividad relacionada con la LMB».

En cuanto a las transmisiones, «la persona que encabece la producción de los juegos de local de los Diablos Rojos del México, por el periodo de 1 (un) año calendario, con efectos inmediatos, será supervisada por aquel personal que la propia LMB designe, a efecto de corroborar que dicha producción sea llevada de forma correcta y conforme a la normativa de la LMB».